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Posicionamiento sobre los Programas Académicos

A raíz de la oferta de Programas Académicos por parte de algunas universidades públicas para el curso 2018-2019, la Reunión de Estudiantes de Ingenierías Técnicas y Superiores en Informática (RITSI) ha considerado necesario manifestar su opinión al respecto tras el trabajo previamente realizado en la XLVIII sesión ordinaria de la Asamblea General, celebrada en Cercedilla.

Considerando lo siguiente:

(1) Con la implementación en España del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), las enseñanzas universitarias pasaron a tener una estructura en 3 ciclos: Grado, Máster y Doctorado, frente a los antiguos currículos que dirigían directamente a la obtención del segundo. Esta estructura queda plasmada en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su artículo 37:

«Artículo 37. Estructura de las enseñanzas oficiales.

Las enseñanzas universitarias se estructurarán en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado. La superación de tales enseñanzas dará derecho, en los términos que establezca el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades, a la obtención de los títulos oficiales correspondientes.»

Así mismo, en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su artículo 8, se incide en este aspecto:

«Artículo 8. Estructura general.

Las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se estructurarán en tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster y Doctorado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior y en este real decreto.»

Este sistema ofrece una mayor facilidad para el estudiante, no solo en la configuración de sus estudios, sino también en cuanto a flexibilidad y movilidad, tanto nacional como internacional. algo que estos Programas Académicos ensombrecen, al estar más orientados al modelo anterior.

(2) En la actualidad, existe un desinterés general entre los estudiantes universitarios a la hora de decidir cursar titulaciones de Máster. En el curso 2015-2016 tan solo un 26,8% de egresados continuaron estudios de Máster en la misma universidad, tal y como refleja el informe La Universidad en Cifras 2015-2016 de la CRUE [1].

Este desinterés se debe a una serie de factores, algunos comunes, como puede ser el elevado coste de las tasas de matrícula, y otros específicos según la rama de conocimiento como, por ejemplo, la ordenación académica de dichas titulaciones de Máster.

(3) Algunas universidades, con el fin de intentar revertir esta situación de desinterés, han incluido en su oferta académica, de cara al curso 2018-2019, una serie de «Programas Académicos». Estos programas, que ofertan conjuntamente una titulación de Grado con una de Máster, consisten únicamente en la garantía, por parte de la Universidad, de disponer de una plaza en el correspondiente Máster una vez finalizados los estudios de Grado, pero en ningún caso obligando a matricularse en el mismo.

(4) Esta garantía se realiza a, al menos, cuatro años vista, ya que el estudiante debe obtener primero la titulación de Grado. Este sistema de reserva a largo plazo es contrario al modelo actual, por el cual las universidades aprueban anualmente las plazas que ofertan para sus titulaciones, pudiendo ajustarlas en base a su disponibilidad de recursos.

(5) Así mismo, estas universidades han expuestos estos Programas Académicos como una medida para clarificar y visibilizar la oferta académica de la universidad, especialmente entre aquellos Grados y Másteres asociados a profesiones reguladas.

(6) Estos Programas Académicos no son en ningún caso una titulación nueva y diferente que integre un Grado y un Máster, sino una suerte de «unión simbólica» entre Grados y Másteres ya existentes. El estudiante que los elige en realidad se matricula de los mismos estudios de Grado que el estudiante que opta sólo por el Grado.

(7) En ningún caso se permite la matriculación en la titulación de Máster antes de finalizar los estudios de Grado, al no permitirlo el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su artículo 16.1:

«Artículo 16. Acceso a las enseñanzas oficiales de Máster.

1. Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster.»

(8) El Espacio Europeo de Educación Superior defiende un sistema de dos ciclos frente a los antiguos currículos que dirigían directamente a la obtención del segundo. Este sistema permite una mayor facilidad para el estudiante, no solo en la configuración de sus estudios, sino también en cuanto a flexibilidad y movilidad, tanto nacional como internacional. algo que, claramente, estos Programas Académicos ensombrecen, orientándose más al modelo antiguo. [2][3][4]

Desde la Reunión de Estudiantes de Ingenierías Técnicas y Superiores en Informática (RITSI), como máximos representantes de los estudiantes de titulaciones de la rama de Ingeniería Informática, EXPONEMOS lo siguiente:

  •  Entendemos estos Programas Académicos como una medida que genera desigualdad entre estudiantes de una misma titulación de grado. Garantizar una plaza en Máster a unos estudiantes sí y a otros no, habiendo cursado todos ellos exactamente el mismo título de grado, origina una desigualdad de oportunidades entre ellos que entendemos inaceptable.
  • Nos preocupa enormemente que los centros no cuenten, llegado el momento, con los recursos suficientes para hacer frente a todas estas plazas garantizadas, en caso de que todos los estudiantes decidan hacer uso de ellas. De darse esta situación de sobrecarga de estudiantes, la calidad de la docencia impartida podría verse afectada gravemente, e incluso podría darse el caso de que no todos los estudiantes que optaron por el Programa Académico puedan finalmente acceder al Máster, incumpliendo las universidades el compromiso adquirido con esos estudiantes.
  • Entendemos que, más que clarificar la oferta académica de las universidades como se pretende, con esta medida se enturbia y se dificulta la explicación de dicha oferta. La acelerada implementación de esta iniciativa, con su consecuente escasa difusión, ha generado muchas dudas sobre el funcionamiento y las características reales de estos Programas Académicos, tanto para las y los futuros estudiantes universitarios, como incluso dentro de la propia comunidad universitaria.
  • Continuando al punto anterior, algunas universidades han hecho públicas notas de corte diferentes para las titulaciones de grado y para los Programas Académicos, cuando en el fondo estos últimos dan acceso a esas titulaciones de Grado. Ello genera una gran confusión entre los futuros estudiantes, que interpretan los Programas Académicos como una titulación distinta, cuando no lo son.
  • Que, en última instancia, esta medida no resuelve los problemas que derivan en el escaso número de estudiantes matriculados en muchas titulaciones de Máster. Garantizar una plaza en un Máster solo asegura una plaza, no que el estudiante quiera cursarlo. Todos aquellos aspectos que desincentivan a los estudiantes de cursar esos estudios de Máster siguen ahí, no se ven resueltos.

A la vista de lo expuesto, desde RITSI SOLICITAMOS, como medidas generales:

  • Que, ante el problema de la desincentivación de los y las estudiantes por cursar estudios de Máster, los diferentes agentes implicados, coordinados por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, hagan un análisis en profundidad de las causas reales de dicha desincentivación, y trabajen por resolverlas. Algunas de esas causas que desde RITSI entendemos deben solventarse son:
    • El elevado coste de las tasas de matrícula de Máster en la inmensa mayoría de las Comunidades Autónomas, tanto en valor absoluto, como en comparación con las tasas de Grado. 
    • El contenido y la ordenación académica de las titulaciones de Máster, en las que en muchos casos se produce una repetición innecesaria de contenidos con respecto al Grado. 
  • Que se supriman los Programas Académicos y se eliminen de la oferta académica de las universidades que han optado por ellos para próximos cursos, por los motivos anteriormente expuestos.

Y como medidas concretas en relación a los estudios de la rama de Ingeniería Informática:

  • Que la Conferencia de Decanos y Directores de Ingeniería Informática manifieste su posición respecto a los programas académicos y tenga en cuenta lo expuesto en este posicionamiento para el “trabajo que desarrollen”.
  • Que se trate, de fondo, la problemática existente con la ordenación académica de los estudios en Ingeniería Informática, incluyendo en el proceso a todas las partes afectadas.

Bibliografía

[1] Juan Hernández Armenteros, Jose Antonio Pérez García, (2016), “La Universidad Española en Cifras 2015-16”, p. 27, Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.

[2] European Ministers of Education, (19 de junio de 1999), “The Bologna Declaration”, The European Higher Education Area.

[3] The Bologna Process, (16-17 de Febrero de 2001), “Seminar on Bachelor-level Degrees”, p. 1.

[4] European Ministers in charge of Higher Education, (19 de Mayo de 2001), “Towards the European Higher Education Area”, pp. 1-2.

[5] Reunión de Estudiantes de Ingenierías Técnicas y Superiores en Informática, (2017), “Máster Universitario en Ingeniería Informática”.