Desde su constitución y hasta nuestros días, desde RITSI hemos abogado por la equiparación a todos los niveles de la Ingeniería y la Ingeniería Técnica Informática con el resto de titulaciones y profesiones de la misma rama.

Ya con la implantación del EEES, con el nuevo planteamiento de diseño de los nuevos grados y másteres, desde RITSI mostramos nuestra preocupación ante la posibilidad de que otras titulaciones de la rama de Ingeniería tuvieran fichas que delimitasen este diseño, mientras que el Grado y el Máster en Ingeniería Informática no. Finalmente, aunque no se otorgasen fichas en tanto que las profesiones de Ingeniero e Ingeniero Técnico en Informática no iban a regularse, sí que se aprobaron en el Consejo de Universidades unos documentos similares (las llamadas “pseudofichas”) que las agencias de evaluación de títulos (ANECA y sus equivalentes territoriales) deberían tomar como base para estos nuevos títulos de Grado y Máster.

Es fácil comprobar las similitudes estructurales de los planes de estudios de Grado y Máster en Ingeniería Informática con el resto de ingenierías, lo cual da una idea de lo arbitraria que es la diferenciación que existe actualmente entre estos títulos.

Con la publicación del Real Decreto-Ley 14/2012, se establece una distinción los precios públicos entre los másteres habilitantes y los no habilitantes, estableciendo diferentes horquillas: del 15 al 25% en primera matrícula y del 30 al 40% en segunda para los primeros (los habilitantes); del 20 al 50% en primera matrícula y del 20 al 75% para los segundos, hablando siempre en base al “coste real” de los estudios.

A este respecto, el Gobierno del Principado de Asturias ha publicado, en su Boletín Oficial, el Decreto 152/2012, en el que se fijan los precios públicos de los títulos universitarios para el curso académico 2012/2013. En este Decreto se considera el Máster en Ingeniería Informática como habilitante para una profesión regulada, aplicando de esa manera una gama de precios más baja.

El Gobierno de la Comunidad Valenciana ha obrado de igual forma en su Diario Oficial, en el que consta el Decreto 110/2012, de similar contenido al anterior, y en el que se aplica también al Máster en Ingeniería Informática el mismo precio público por crédito que para los títulos de Grado.

A este respecto, desde la Junta Directiva de RITSI, como asociación sectorial de representantes de estudiantes universitarios de Ingenierías en Informática, manifestamos que:

  1. No se puede establecer, de nuevo, otro agravio comparativo más, en este caso la distinción de precios públicos, entre los estudiantes de Ingeniería Informática y los del resto de ingenierías, atendiendo a las similitudes en las estructuras de nuestros planes de estudios.
  2. La condición de máster no habilitante para profesión regulada, con los precios públicos asociados a ella, pone en riesgo la promoción de profesionales acreditados en el campo de la Ingeniería Informática, en contraposición con los precios, más asequibles, de los másteres considerados habilitantes.
  3. En este sentido, valoramos muy positivamente la iniciativa llevada a cabo en el Principado de Asturias y en la Comunidad Valenciana, pues supone un reconocimiento y reafirmación al status de Ingeniería de nuestra titulación y profesión.

Por todo esto, instamos al resto de Comunidades Autónomas a que consideren estas cuestiones para llevar a cabo esta medida en sus ámbitos, así como al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a que promueva su aprobación con carácter general.

A 22 de septiembre de 2012.

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